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viernes, 1 de mayo de 2020
Ley de la videovigilancia cartel disuasorio nuevo REGLAMENTO EUROPEO
swiss ipvision
Ley de la videovigilancia cartel disuasorio nuevo #REGLAMENTOEUROPEODEPROTECCIONDEDATOS #CARTELDISUASORIO #NORMATIVAVIDEOVIGILANCIA y el consejo de la union Euopea Considerando lo siguiente:
(1) La protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho
fundamental. El artículo 8, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («la
Carta») y el artículo 16, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establecen que
toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que le conciernan.
(2) Los principios y normas relativos a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus
datos de carácter personal deben, cualquiera que sea su nacionalidad o residencia, respetar sus libertades y
derechos fundamentales, en particular el derecho a la protección de los datos de carácter personal. El presente
Reglamento pretende contribuir a la plena realización de un espacio de libertad, seguridad y justicia y de una
unión económica, al progreso económico y social, al refuerzo y la convergencia de las economías dentro del
mercado interior, así como al bienestar de las personas físicas.
(3) La Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
(4) trata de armonizar la protección de los derechos
y las libertades fundamentales de las personas físicas en relación con las actividades de tratamiento de datos de
carácter personal y garantizar la libre circulación de estos datos entre los Estados miembros.
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